lunes, 26 de febrero de 2018

El Proceso ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos


Artículo publicado en Diari de Tarragona el 26 de febrero de 2018

Hace pocos días, The Economist, publicó la revisión para 2017 del informe sobre el índice de democracia en el Mundo, que elabora  desde 2006 y que analiza todos los países mediante 60 indicadores. El índice clasifica a los países en cuatro categorías: Democracia plena, Democracia Imperfecta, Regímenes Híbridos y Regímenes Autoritarios. España está clasificada como Democracia Plena habiendo sufrido una reducción del índice, como consecuencia de los hechos acaecidos en Catalunya, que la acercan a Democracia Imperfecta. Solo publicarse el índice ciertos medios de comunicación y las redes sociales, titularon que España se acercaba a una democracia imperfecta como consecuencia del 1 de octubre, y obviaban que la clasificación la mantenía en la primera categoría, otorgada ésta solo a 19 países de todo el mundo, y que en la segunda categoría -la democracia Imperfecta- están países como Estados Unidos, Francia, Bélgica, Portugal e Italia, entre  otros muchos. Debe preocuparnos que se reduzca el índice y requiere trabajar para mantenerlo pero también debemos ser conscientes de que nuestro sistema no es tan imperfecto como algunos, por intereses políticos y partidistas, intentan difundir. Destruir es muy fácil, construir una democracia es muy difícil. 

Otro de los índices, y quizás más fiable que el anterior, para poder medir el índice de democracia y libertades públicas de un país, es el análisis de las Sentencias del TEDH, cuantas más sentencias de condena menor respeto a los derechos Humanos, y viceversa. Además, el análisis puede tener especial relevancia ahora que parece que por fin va a llevarse el “Proces” a dicho Tribunal. Recuerdo diferentes mensajes de algunos dirigentes políticos anunciando interponer recurso a la Sentencia del TC sobre el Estatut de Catalunya ante el Tribunal de Estrasburgo. Recurso que nunca se formalizó, a excepción de uno que, a título individual, fue interpuesto por dos ciudadanos, e inadmitido a trámite. Tampoco se interpuso recurso al Tribunal Europeo contra ninguna de las sentencias dictadas por los Tribunales Españoles en relación al proceso independentista, a las que acusaban de vulnerar los derechos humanos, especialmente el derecho a la autodeterminación definido por los secesionistas como el primer derecho humano -preámbulo de la Ley del Referéndum-, siempre se ha amenazado pero nunca se ha formalizado. La última del propio presidente del Parlamento catalán, quien manifestó, hace pocos días, que interpondría el recurso ante el TEDH, a día de hoy no tengo constancia de que se haya presentado, y creo que correrá la misma suerte que los anteriores anuncios.

Pero analicemos las estadísticas, que publica el propio Tribunal, de las sentencias de condena dictadas en 2017 entre los países de nuestro entorno, por ejemplo Francia, Italia, Alemania, Bélgica y Portugal. Pues bien, en 2017 Francia ha sido condenada en 6 ocasiones, Italia en 28, Alemania en 7, Bélgica en 7, y Portugal en 10. ¿Y España? Pues sorpresa, España ha sido condenada durante todo el año 2017 en 5 ocasiones. Y si analizamos las estadísticas desde 1979, año en que España ratifico el Convenio, los porcentajes no se apartan mucho de lo ocurrido en 2017, estamos entre los países con menos sentencias de condena.

Lo deseable sería que España no tuviera ninguna condena, y ese debe ser nuestro objetivo, pero los porcentajes de sentencias condenatorias son muy inferiores a los países de nuestro entorno. Todo ello, pone de manifiesto el miedo que los sectores soberanistas han demostrado en acudir al Tribunal Europeo, anunciando en múltiples ocasiones que la última palabra la tendría Estrasburgo, sin que por las características del proceso -legitimación y derechos protegidos en la Convención- se hayan atrevido. Una inadmisión o una sentencia absolutoria para España pondría fin al victimismo, y a la reiteradas manifestaciones de involución democrática de España.

Pero todo lo expuesto no es fruto de la casualidad, el bajo índice de condenas a España es consecuencia, de unos Tribunales de Justicia especialmente garantistas. Nuestros Jueces y Magistrados son extraordinariamente garantistas, precisamente muchos ciudadanos no han entendido sentencias que a pesar de la apariencia de culpabilidad del acusado, han sido absolutorias, por una interpretación garantista y acertada de nuestro derecho. Los Jueces lo han tenido muy claro siempre, porque además así lo han establecido el Tribunal Supremo y el Tribunal Constitucional en infinidad de sentencias, que deben garantizar los derechos fundamentales de los imputados ahora investigados, y que una falta de fundamentación de una intervención telefónica o de una entrada y registro, o cualquier otra medida similar,  ha comportado la nulidad absoluta de la misma y de las pruebas obtenidas. En definitiva, no menospreciemos nuestro sistema judicial, que nada debe envidiar al de nuestros vecinos, y trabajemos para mejorarlo, dotarle de medios y conseguir así una justicia más eficaz y rápida.

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