martes, 8 de julio de 2014

EL NUEVO REGISTRO CIVIL

Artículo publicado en Tribuna del Diari de Tarragona el 8 de  julio 2014

Desde que el Ministro de  Gracia y Justicia Eugenio Montero Rios presentó en el parlamento en 1870 la primera Ley del Registro Civil, este fue configurado como una institución próxima al ciudadano donde debían inscribirse los hechos más relevantes de la vida de una persona, nacimiento, matrimonio, defunción etc.. Por ello se estableció la existencia de un registro civil en todos los municipios del estado sin excepción, creando uno de los servicios administrativos más próximos al ciudadano, y que ha sido una institución amparada por las corporaciones municipales en las poblaciones  donde no había juzgado. Por ello se ha gestionado con un coste muy bajo para las arcas del estado pero prestando un extraordinario servicio a la población, pocas personas encontraremos que no haya acudido alguna vez a su Ayuntamiento o Juzgado a inscribir un hijo o pedir una partida de nacimiento.

Pues bien después de meses de anuncios, y contra anuncios del Ministro de Justicia, el Consejo de Ministros del pasado viernes y en la disposición adicional vigesimosegunda del Real Decreto Ley 8/2014 cuyo título es “de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia”, publicado el sábado en el BOE, cambia la estructura, de un Registro Civil obsoleto, por la falta de medios que tradicionalmente  se le ha dedicado,  pero eficaz frente al ciudadano especialmente por su proximidad. 

Es curiosa la forma de hacerlo y a la que ya nos tiene acostumbrados el Ministro de Justicia: a nadie le gusta la reforma, ni siquiera los principales destinatarios de la misma, los Registradores. El Colegio de Registradores de España ha denunciado las carencias de una ley que les obliga a convertirse en gestores del Registro Civil. 

Pero independientemente de posicionamientos doctrinales sobre la configuración del Registro Civil lo importante es preguntarnos en qué afecta este cambio al ciudadano español, y especialmente si seguirá gozando de una institución próxima y gratuita. Pues bien, ninguna de las dos, el nuevo Registro Civil se encomienda a los Registros Mercantiles que a partir de la entrada en vigor de la nueva ley pasaran a denominarse Registros Civiles y Mercantiles, y dichas instituciones se encuentran en la capital de provincia por lo que desaparecerán todos los Registros Civiles con sede en todos los municipios españoles (unos 8.114 aprox) para quedar concentrados en 52 Registros, pero el Ministro de Justicia ya ha aclarado que ello ira acompañado de un programa informático (como el que desde hace más de una década esperamos en la Administración de Justicia) que permitirá que el ciudadano gestione el Registro Civil desde su domicilio, mediante su DNI electrónico y su conexión a internet. Pero olvida que hay actos personalísimos que requieren la presencia del ciudadano y que por ley debe acudir personalmente. Olvida también cómo gestionará la brecha digital, normalmente del sector de la población más castigado por la crisis y que en algunos casos el coste de desplazarse a la capital para acudir personalmente, representará un sacrificio. Olvida también que es un servicio que no es de utilización esporádica por los ciudadanos, por allí pasamos todos desde que nacemos, hasta que morimos. Pero también olvida lo que han denunciado los Registradores, si el servicio será gratuito como reiteradamente ha manifestado el Ministro, y el Registro Mercantil está financiado por el usuario que paga las inscripciones, las certificaciones y las notas simples,  ¿Quién paga la fiesta? ¿el Registrador de sus ingresos?. Muchos temen que finalmente se aplique un arancel por la inscripción de los actos en el Registro o por la expedición de certificaciones, y lo que esconda la nueva ley es una privatización de una de las instituciones esenciales en la vida de las personas.


Pero modernizar el Registro, reducir sus costes, manteniendo su proximidad al ciudadano  y gratuidad, resulta posible sin necesidad de modificar su estructura, podemos dotarlo de herramientas tecnológicas que permitan que buena parte de los ciudadanos puedan acceder a él electrónicamente lo que reducirá las necesidades de personal, pero debemos mantener su carácter universal con una oficina del registro en todos los municipios, quizás sin dedicación exclusiva del personal funcionario pero con la tranquilidad de saber que cuando nazca nuestro hijo, nos casemos, o ocurra cualquier hecho inscribible  de trascendencia para nuestra vida tenderemos en nuestro municipio un Registro próximo y gratuito como ha sido en los últimos 144 años.