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miércoles, 15 de marzo de 2017

INDEPENDENCIA JUCIDICIAL

Artículo publicado en la tribuna de Diari de Tarragona el 26 de febrero de 2017

La democracia y el estado de derecho no son sentencias favorables a mis postulados, son sentencias acordes con la ley, son sentencias fundamentadas, incluso sentencias erróneamente fundamentadas, que para eso está el sistema de doble instancia. Estos días he oído verdaderas barbaridades sobre diferentes resoluciones judiciales que han invadido nuestros medios de comunicación. Todos opinando sobre unas sentencias extraordinariamente técnicas, basando sus opiniones en cuestiones ajenas al proceso y al razonamiento jurídico, ya se que hoy no está de moda decirlo, pero, con todos los problemas, defectos y carencias -que los hay-, tenemos una justicia básicamente independiente, sí han oído bien, independiente. Y la nuestra no con muchos más problemas que las de nuestros países vecinos, con consolidados sistemas judiciales, quizás sí con muchos menos medios, pero en igual grado de independencia.

Hagamos un pequeño análisis de la situación y comparémoslo con nuestro entorno. Un tribunal de “provincias” ha condenado a más de 6 años al yerno del Rey, y cuñado del actual Jefe del Estado. Parece que a mucha gente le parece poca condena, ¿por qué?  ¿porqué es el yerno del Rey?, sin embargo  no he escuchado ninguna opinión que razone el porqué debería ser una condena más alta, simplemente se aferran a que el parentesco le ha favorecido. No he oído ninguna argumentación jurídica que rebata el fundamento de la sentencia que le absuelve de determinados delitos, solo proclamas, alegando que no todos somos iguales, que si no entrará en la cárcel…, pero ninguna fundamentación jurídica. Seamos o no yerno, no vale alegar el parentesco para justificar que la sentencia es poco dura, solo valen razonamientos jurídicos, solo vale el rigor jurídico en la critica, estaremos de acuerdo o no, en los fundamentos y en los hechos probados, pero no cabe alegar, sin justificación alguna, buscando el populismos fácil, que es blanda simplemente porque no todos somos iguales ante la ley. Quizás la sentencia sea blanda, pero no porque no exista igualdad ante la ley, sino porque el tribunal habrá errado en la aplicación de la doctrina jurídica o en la apreciación de la prueba, tal como ocurre en miles de sentencias que son revocadas por el tribunal superior, cada día en nuestra justicia, y no por ello se escandaliza nadie, lo importante, lo fundamental, es que la sentencia esté motivada, en base a nuestra doctrina jurídica y eso nadie lo ha cuestionado.

Vayamos ahora a la absolución de la Infanta, cuando el Juez Castro la mandó a juicio, se ensalzó a dicho juez como adalid de la independencia judicial, cuando un Tribunal compuesto por tres Magistradas la absuelve es un atentado a la independencia porque es la hija del Rey Emérito, pero reitero ¿no somos todos iguales ante la ley?, seamos hijo de quien seamos. Llevo casi treinta años ejerciendo la abogacía, y les podría traer a colación diferentes sentencias de procesos en los que he intervenido en los que se ha absuelto a la esposa, con los mismos argumentos que la Infanta. Ya hace muchos años que la responsabilidad penal por el resultado –Versari in re illicita- fue proscrita de nuestro ordenamiento y se requiere, tal como sanciona el artículo 5 del Código Penal, la concurrencia de dolo o, como mínimo, imprudencia para ser condenado. Y debemos recordar que en la misma sentencia también se absuelve a la esposa de Diego Torres, y no he leído o escuchado queja alguna por dicha absolución, reitero ¿no somos todos iguales ante la ley?.

Y resulta curioso,  que nadie, absolutamente nadie, ha cuestionado la capacidad e independencia del Tribunal, que además está compuesto por tres mujeres, todas ellas de conocido prestigio como juristas y como magistradas, dictan una sentencia por unanimidad, y resulta que dicha sentencia es contraria a la igualdad y a la independencia judicial, simplemente porque razonada y jurídicamente absuelven a la hija del Rey Emérito. Pero vayamos a nuestro entorno, todos conocemos por la prensa  diferentes escándalos financieros, sobornos o tráfico de influencias, que han salpicado a diferentes monarquías europeas, busquemos cuántos de dichos miembros de las casas reales europeas han sido simplemente investigados, imputados o juzgados por la justicia de Bélgica, Holanda, Inglaterra, Suecia, o de cualquier país, en los últimos 50 años, resultado: ninguno.

Pues aquí resulta que, hemos sentado en el banquillo a uno de ellos y condenado a su marido; hemos condenado por utilización indebida de unas tarjetas de crédito a todo un ex vicepresidente del Gobierno de España y director gerente del Fondo Monetario Internacional, Rodrigo Rato, cumplieron penas de prisión el todopoderoso banquero  Mario Conde, el financiero Javier de la Rosa, el ex gobernador del Banco de España Mariano Rubio, los empresarios José Luis Núñez, padre e hijo, ministros como Barrionuevo o Jaume Matas, presidentes de parlamentos autonómicos como María Antonia Munar, magistrados como  Pascual Estivill, abogados como Pique Vidal, y así toda una larga lista de personas relevantes que han sido o son inquilinos de instituciones penitenciarias. Y ahora juzgarán a Millet y Montul, a la Gurtel, a los Pujol,  a los ERES en Andalucía, y otro largo  etc., no podemos decir que haya impunidad. Han robado todo lo que han podido, pero la justicia también les ha llegado, o les llegará. Quizás el problema sea la lentitud asociada a la carencia de medios que depende de las asignaciones presupuestarias. Me hubiera gustado ver a todos los que denuncian, estos días, la falta de independencia de la justicia, y a los que dicen que la ley no es igual para todos, denunciar la falta de medios para que no tengamos que esperar años para resolver, no solo los grandes procesos de corrupción, sino también los pequeños procesos que afectan al ciudadano de a pie.

Pere Lluís Huguet Tous
Advocat

@perehuguet

lunes, 26 de septiembre de 2016

SI, ES POSIBLE

Artículo Publicado en la Tribuna de Diari de Tarragona el 24 de septiembre de 2016

Estos días, vuelve a hablarse de la configuración del Consejo General del Poder, tanto por incluirse en los pactos entre PP y Ciudadanos como por la ronda de conversaciones que el Ministro de Justica Rafael Catalá ha efectuado con las diferentes asociaciones de Jueces y demás operadores jurídicos, para hablar de esa reforma que nunca llega: la reforma de la justicia española.
Uno de las cuestiones en las que parece ser existe cierta unanimidad es la excesiva politización de los órganos de gobierno de nuestra justicia. Generalmente resulta fácil adivinar el resultado de las votaciones en el seno del Consejo, simplemente conociendo la procedencia y apoyos de cada vocal. Todo ello da una imagen errónea de la Justicia, que si bien está politizada en su cúpula no así en la mayoría de jueces y magistrados, quienes no pertenecen a ninguna asociación y mantienen todos una exquisita neutralidad política.
Desde la aprobación de la Ley Orgánica del Poder Judicial en 1985 que derogó las hasta entonces vigentes leyes de organización de nuestra justicia, múltiples y polémicas han sido las reformas de las diferentes fórmulas para la elección de los vocales del Consejo General, su máximo órgano de gobierno, intentando interpretar, según los intereses de la mayoría gobernante, el artículo 122, 3, de la Constitución. Resulta incontestable que dicho artículo establece que el Consejo estará compuesto por 12 vocales, elegidos de entre jueces y magistrados, más 4 vocales a propuesta del Senado, y 4 más por el Congreso, en ambos casos por mayoría de 3/5 de entre abogados y otros juristas. Y ya el primer problema surge en relación a los 12 jueces, la Constitución no determina cómo debe ser el proceso de selección, por lo que hemos pasado de que fuesen elegidos por los propios jueces, a ser determinados por el Congreso y Senado, o a formulas mixtas según fuera la reforma vigente.
Tres son los objetivos que debemos tener en cuenta para configurar un Consejo General del Poder Judicial en el que realmente confíen los ciudadanos y sea un elemento esencial  que dote de independencia y fortalezca a nuestro Estado de Derecho. En primer lugar, debe ser un órgano de gobierno de los Jueces y Magistrados por lo que su composición debe ser mayoritariamente de estos, pero no exclusiva, el corporativismo excesivo ha sido otro de los males de nuestra justicia. En segundo lugar es un órgano Constitucional por lo que alguna imbricación debe tener con la soberanía nacional, y en este sentido la Constitución determina que 8 de sus 20 miembros provengan por nombramiento de las Cámaras, pero habrá que buscar formulas que eviten su nombramiento por cuotas que es lo que ha ocurrido desde 1985, reproduciendo las mayorías de las cámaras en el Consejo. Y en tercer lugar debemos dotarle de independencia, elemento esencial en la justicia y sacarlo de la política de partidos, tan necesaria en otros ámbitos pero tan nefasta en la Justicia.
Todos los intentos habidos hasta este momento han fracasado en la consecución de estos objetivos, analicemos pues que formulas nos quedan para alcanzarlos.
En relación a los 12 Jueces, parece que hay cierto consenso en que debe volverse a su elección por los propios Jueces y Magistrados, criterio que comparto. Pero a partir de aquí surgen los diferentes sistemas de elección, y que según sean uno u otro nos pueden volver a llevar al fracaso, algunos mantienen que listas cerradas, otros que abiertas con alguna limitación, y por último hay quien mantiene que deben ser elegidos a través de las Asociaciones Judiciales. Pues bien, solo cabe un sistema para dotar de independencia y verdadera representatividad a un colectivo que no es tan numeroso, 5.502 Jueces y Magistrados, y es el de elección directa en listas abiertas, y sin más requisito y limitación que un número determinado de avales para evitar un excesivo número de candidatos, cualquier otra “modulación”  de la democracia directa nos volverá a llevar al fracaso, porque introduciremos factores “políticos”.

Más complicado es dotar de independencia a los vocales provenientes del Congreso y del Senado, pero pueden buscarse fórmulas, la Constitución simplemente dice que lo serán a propuesta de las cámaras pero no establece de dónde se obtienen los candidatos, la única referencia es de entre abogados y otros juristas. Pues bien, la justicia no sólo son Jueces y Magistrados, también forman parte de ella Abogados, Procuradores, Notarios, Registradores. Y todos ellos forman parte de organizaciones profesionales independientes, reguladas por la Ley y reconocidas en la Constitución: Los Colegios Profesionales. No sería complicado establecer que los 8 vocales de procedencia parlamentaria sean elegidos por las Cámaras, de las ternas que pudieran proponer los Colegios que representan a los profesionales, cuyo trabajo diario también es parte de la administración de justicia, rompiendo así la política de cupos en la elección. Si la Constitución dice que los vocales deben ser elegidos de entre Abogados y otros juristas, hagamos que sean estos mismos quienes los propongan, y no los partidos mediante pactos de mantenimiento de cuotas. Cumplimos el mandato Constitucional de elección por las cámaras parlamentarias pero a propuesta de los órganos de representación profesional. Quizás haya también otras fórmulas pero no olvidemos que todo ello requiere una premisa básica, que los partidos políticos renuncien a querer imponer su cuota de poder en el Consejo General del Poder Judicial, sin dicha premisa inicial ninguna reforma dotará de independencia al órgano de gobierno de nuestra Justicia.