sábado, 7 de octubre de 2006

APUESTA POR LA MEJORA DEL TURNO DE OFICIO

Artículo publicado en El Pais el 6/10/2006
El Estado de derecho debe garantizar el constitucional derecho a la defensa, especialmente para aquellos que no tienen medios, pero no cualquier tipo de defensa cumple el requisito constitucional. Lo hace sólo aquella en que se garantice una defensa de calidad, libre e independiente, sometida únicamente a las normas deontológicas. Esta garantía constitucional fue asumida por la abogacía, creándose lo que se conoce como el turno de oficio, un servicio a la sociedad obligatorio para todos los letrados con carácter casi gratuito. A medida que nuestro Estado democrático fue alcanzando la mayoría de edad, se vio en la necesidad de retribuir a los abogados que prestaban tal fundamental servicio a la sociedad y la Administración estableció unos baremos, más con carácter de indemnización que de pago de unos honorarios.
Sin embargo, los colegios de abogados, cumpliendo el mandato establecido en la Constitución y en el Estatuto General de la Abogacía, han considerado que no es suficiente un simple turno de oficio, sino que la sociedad y, especialmente, las personas carentes de medios económicos necesitan una atención especializada, por lo que han ido introduciendo nuevos servicios que son prestados con carácter gratuito por los abogados y sin remuneración alguna, en los que se les exige además una especialización, surgiendo los denominados servicios de atención a las mujeres maltratadas, a menores, de asistencia a inmigrantes y, en la actualidad, servicios de atención a la tercera edad. Posteriormente, la Administración ha hecho suyos algunos de estos servicios integrándolos en la justicia gratuita y dotando de indemnización económica a los abogados que los prestan. Sin embargo, la abogacía institucional, no contenta con los preceptos de la Ley 1/1996, de la que se cumplen 10 años, ha ido creando normativa colegial para organizar más eficientemente estos servicios esenciales en un Estado de derecho, a pesar de que ni la Generalitat ni el Gobierno del Estado lo han exigido nunca. Así, los colegios han fomentado la formación continuada para los abogados del turno de oficio y se han autorregulado para que a los letrados que asuman la defensa de procedimientos que requieren un especial conocimiento de la materia se les exigiera la asistencia a cursos de especialización específicos.
De este modo, el servicio de asistencia jurídica gratuita ha ido evolucionando y se presta de manera satisfactoria. Efectivamente, todo es susceptible de mejora y eso es precisamente lo que hemos hecho los colegios de abogados y su consejo catalán, a pesar de que la Generalitat no ha llevado a cabo ninguna iniciativa en estos tres últimos años, manifestando únicamente vagas alusiones a revisar el modelo y solicitando informes superficiales carentes de contenido. Los colegios catalanes históricamente siempre hemos ido mejorando el servicio, atendiendo a nuevas necesidades sociales que luego la Generalitat al cabo del tiempo hacía suyas. Y si no, que pregunten a las mujeres agredidas; antes de que se regulara por ley la atención a las mismas, siempre tenían un abogado dispuesto a defenderlas gratis facilitado por el colegio.
La defensa del modelo actual que hace la abogacía catalana no es una muestra de corporativismo, sino una muestra de defensa del Estado de derecho. Desde la abogacía, llevamos tres años pidiendo sentarnos a trabajar para mejorar en lo que fuera posible el modelo actual, recibiendo como única respuesta que el modelo estaba en revisión, sin que se hiciera propuesta alguna y sólo insinuaciones veladas de cambio del sistema. La abogacía catalana no aceptará un cambio de sistema que comporte la pérdida de independencia de los abogados que prestan la defensa jurídica gratuita o merme la calidad, y debemos recordar que las propuestas que han circulado por diferentes medios van desde la privatización del sistema a su funcionarización, pasando por un consorcio, por mucho que ahora se niegue -si no, véase la conclusión 3.2 del Libro Verde de la justicia-, y ninguno de estos sistemas garantiza independencia y eficacia. No creo que un ciudadano quiera que le defienda alguien que depende funcionarialmente de la misma Administración de la que depende quien le acusa, por mucho que se le dote de un status especial de independencia, o que se privatice un servicio con criterios meramente economicistas y no de calidad y servicio. ¿Y por qué no aceptar que tenemos un buen modelo y trabajar para mejorarlo en lo que sea posible? Así lo han entendido países europeos que en la actualidad están copiando nuestro modelo de justicia gratuita.
Ahora que ha terminado la legislatura, en la que ninguna propuesta de mejora han efectuado los responsables políticos, la Administración catalana nos emplaza a que el debate seguirá. Efectivamente, seguirá para mejorar, seguirá para dar una defensa de calidad, porque los colegios y el consejo catalán hemos seguido trabajando para mejorar a pesar de la inactividad del Departamento de Justicia. Nuestras comisiones de justicia gratuita han seguido trabajando para mejorar en lo que fuera posible la calidad. Qué fácil hubiera sido sentarnos a una mesa y analizar entre la Generalitat y el consejo las fórmulas para aumentar la calidad y eficacia, y haber terminado la legislatura con las tareas cumplidas y no emplazar a que el debate seguirá.
La abogacía catalana y sus colegios han hecho un buen trabajo y han prestado un buen servicio a la sociedad, garantizando el derecho a la defensa, y no sólo ahora, sino desde la Ley de Enjuiciamiento Civil de 3 de febrero de 1881. Aprovechemos, pues, la experiencia de más de un siglo garantizando derechos y trabajemos para mejorar un servicio público esencial en un Estado de derecho.

Pere Lluís Huguet Tous es presidente del Consejo de Colegios de Abogados de Cataluña.